Nombres genéricos en las recetas de los dentistas y de cualquier doctor en México.

 

Es obligatorio poner el nombre genérico del medicamento y no solamente el nombre de patente (o de marca).

 

Tú como dentista cuando recetas, por ejemplo, un antibiótico después de cirugía de terceros molares puedes poner el nombre de patente (o de marca) y es obligatorio también poner el nombre genérico del medicamento.

 

La decisión de que doctores escriban nombres genéricos de medicamentos adiciona un tercer párrafo al Artículo 226 y un Artículo 226 Bis 1 a la Ley General de Salud.

 

Esta decisión fue tomada en la cámara de diputados (1ro de marzo de 2022) con 482 votos a favor, 2 en contra y 1 abstención. Avalan, en lo particular, reformar el artículo 225 y adicionar el artículo 226 y el 226 Bis 1 de la Ley General de Salud, sobre prescripción de medicamentos genéricos.

 

 

La Cámara de Diputados remitió el documento de nombres genéricos de medicamentos al poder Ejecutivo, para su publicación en el Diario Oficial de la Federación y posterior entrada en vigor.

 

¿Tú como dentista estás a favor o en contra o simplemente ya lo hacías o no tiene un impacto real en tu consulta?

 

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